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El Congreso aprueba juicios express para la ocupación ilegal de viviendas

1 de diciembre de 2024, por Luis Alberto Reyes, Director Comercial

El pasado jueves 14 de noviembre, el Congreso de los Diputados aprobó la agilización de los juicios para los casos de ocupación ilegal.

La normativa contempla los delitos de allanamiento de morada y usurpación de vivienda que se tramiten bajo el procedimiento de juicios rápidos, en un plazo máximo de 15 días.

Hay voces críticas como la del abogado de la Agencia Negociadora del Alquiler (ANA), José Ramón Zurdo: “En pisos donde habiten personas vulnerables, el desalojo será más difícil, pues deben intervenir los servicios sociales, lo que alarga los tiempos procesales”. Además, también se apunta a la posible saturación judicial como una causa a tratar. Además de esto, no contempla los “inquiokupas».

Una medida insuficiente

La ley deja fuera de esta medida a los “inquiokupas” personas que solo pagan la primera mensualidad de renta y los primeros gastos y luego agotan todos lo trámites para estar en el inmueble el mayor tiempo posible sin necesidad de pagar nada. También en los casos en los que existe un contrato falso o justificantes engañosos que sólo sirven para retrasar los desalojos.

Tampoco contempla los inquilinos comunes que en algún momento dejan de pagar la renta, por lo que en estos casos, la medida es insuficiente, pues no defiende los intereses de estos propietarios, que se ven obligados a tener que recurrir a las siempre difíciles y largas gestiones burocráticas y legales para recuperar sus viviendas.

Una posible solución

La misma Agencia Negociadora del Alquiler dice que estos conflictos no deberían recaer en la vía judicial, sino en la administrativa. Para ello proponen la creación de un registro público de contratos de arrendamientos, lo que modificaría el artículo 37 de la LAU

En líneas generales, se ha valorado de buena fe la voluntad política de cambio, pero hasta ahora, los cambios parecen insuficientes para paliar este problema.

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